¡El conocimiento es poder!
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La quiebra es un proceso bajo la ley federal mediante el cual aquellos deudores y consumidores que deben más dinero del que pueden pagar, procuran relevarse o ser excusados del pago de algunas o de todas sus deudas y obtener un nuevo comienzo.
La radicación de un caso de quiebra activa de inmediato lo que se conoce como una "paralización automática” (“automatic stay”), lo cual como regla general detiene inmediatamente todas las actividades de cobro (incluyendo llamadas telefónicas y cartas), demandas legales y procedimientos de ejecución que sus acreedores hayan iniciado o estén considerando iniciar.
Existen al menos dos tipos de Quiebras Personales, a saber: Capítulo 7 (quiebras personales de liquidación de deudas ) y Capítulo 13 (quiebras personales de reorganización de deudas). En Puerto Rico la Ley de Quiebra opera de la misma forma que en los Estados Unidos.
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